Repudio a los ejercicios militares conjuntos entre las Fuerzas Armadas de nuestro país y las de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, denominado FLUVIAL V

Proyecto de DeCLARAción

 La Honorable Cámara de Diputados de la Nación

 DECLARA

 Su más enérgica protesta al accionar del Poder Ejecutivo, que ordenó la realización entre el 23 de julio y el 1º de agosto de 2001, en las provincias de Entre Ríos y Buenos Aires, de los ejercicios militares conjuntos entre las Fuerzas Armadas de nuestro país y las de los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, denominado FLUVIAL V, sin autorización del Congreso, en abierta violación de lo ordenado por el artículo 75, inciso 28, de la Constitución Nacional.

Dr. Héctor Polino

Diputado Nacional

 

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

                                          De acuerdo a lo establecido por el Decreto N° 62/90, que aprobó el Pliego de bases  y condiciones de la privatización del servicio telefónico, las empresas licenciatarias están autorizadas a percibir un abono mensual por la prestación del servicio básico telefónico.

                                          Es decir que están autorizadas a cobrar a los usuarios, doce abonos mensuales por  año calendario ( 365 días).

Como es sabido las empresas facturan el servicio en forma bimestral, estando autorizadas a percibir un mes de abono en forma adelantada. O sea que en cada factura los usuarios deben abonar el mes anterior y el mes posterior a la fecha de  vencimiento.

Ahora bien, la empresa Telecom Argentina – Stet France Telecom. S.A., en vez de cobrar en cada factura dos abonos mensuales (como corresponde) realiza la facturación de la siguiente manera:

 

Divide el valor del abono por treinta; toma el resultado como valor diario del abono y lo multiplica por los días transcurridos entre  facturaciones. De este modo , debido a que 30 días no es la duración de todos los meses del año, sino que 7 meses duran 31 días, 4 meses duran 30 días y 1 mes dura 28 o 29 días, al tomar como precio diario del abono la treintava parte del abono mensual , están facturando a lo largo del año el valor de 12 abonos mensuales más 5 días.

O sea:

Abono mensual categoría residencial según tarifa vigente: $ 13,22

Abono diario según Telecom. : $ 13,22 dividido 30 = $ 0,4406

 

Deberían facturar en un año según tarifa vigente:

$ 13,22 mensuales x 12 meses = $ 158,64

 

Sin embargo facturan en un año:

$ 0,4406 diarios  x 365  días =   $160,81

Es decir que cobran por usuario y por año  12 abonos mensuales más $ 2,17 , QUE MULTIPLICADOS POR LOS 3 MILLONES 500 mil  USUARIOS SIGNIFICA QUE tELECOM PERCIBE EN CONCEPTO DE ABONOS, 7 MILLONES 595 mil PESOS POR año, por ENCIMA DEL CUADRO TARIFARIO VIGENTE.

 

Debido a que calcular correctamente el abono que deben pagar los usuarios en cada facturación  no presenta ninguna dificultad, y de hecho lo hacen las demás empresas prestadoras de servicios públicos que facturan bimestralmente y que también cobran abonos, esta forma de realizar el  cálculo que realiza la empresa Telecom Argentina – Stet  France Telecom S.A. no encuentra otra justificación que no sea la de producir ingresos más allá de lo permitido, de muy difícil control por parte de los usuarios.

 

Por lo expuesto, solicito el pronto tratamiento y aprobación del presente proyecto.

 

Dr. Héctor Polino

Diputado Nacional