11/02/2005 : “ENTENDIMIENTO ENTRE LA UNIREN, Y LAS EMPRESAS AUTOPISTAS DEL SOL S.A. Y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE S.A

AUDIENCIA PUBLICA SOBRE EL ACTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA UNIREN, Y LAS EMPRESAS AUTOPISTAS DEL SOL S.A. Y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE S.A. REALIZADA EN PARQUE NORTE, EL 11 DE […]

AUDIENCIA PUBLICA SOBRE EL ACTA DE ENTENDIMIENTO ENTRE LA UNIREN, Y LAS EMPRESAS AUTOPISTAS DEL SOL S.A. Y GRUPO CONCESIONARIO DEL OESTE S.A. REALIZADA EN PARQUE NORTE, EL 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2005

 

Sr. POLINO.- Señor presidente: voy a hablar además en representación de la entidad que integro, Consumidores Libres.

 

            Quetelet fue el inventor de la estadística y dijo con acierto que si bien los números no gobiernan el mundo, por lo menos ellos indican cómo el mundo está gobernado. En consecuencia, yo voy a tomar los números de las propias empresas para demostrar que siguen teniendo, a pesar de las crisis, importantes ganancias operativas, y que no corresponde el actual aumento de tarifas, sobre todo porque el Congreso Nacional aprobó una ley, promulgada por el Ejecutivo, que declara la emergencia económica y social, y esa emergencia está vigente hasta el 31 de diciembre de este año.

 

            De modo tal que las autoridades, en el momento de considerar esta petición de las empresas, no pueden soslayar esta cuestión esencial: que el país vive una profunda crisis económica y social, y que si bien está dentro de la lógica empresaria la pretensión de obtener las máximas ganancias con la menor inversión y en el menor tiempo y el menor riesgo posible, también es cierto que está la lógica del Estado, que debe proteger el interés general del país y los derechos más elementales de los usuarios.

 

            En consecuencia, se tienen que compatibilizar las pretensiones lógicas de los empresarios, pero también las necesidades lógicas de una sociedad que está saliendo de una de las crisis económicas más profundas de toda la historia nacional.

 

            Voy a tratar de abonar mi punto de vista con datos de las propias empresas para cuestionar la pretensión de aumentos.

 

            Análisis del balance del Grupo Concesionario del Oeste S.A. correspondiente al período de nueve meses iniciado el 1/1/2004 y finalizado el 30/9/2004. Sociedad controlante: Autopistas Concesionaria Española S.A. con sede en Barcelona. Ganancia bruta al 30 de septiembre de 2003, 19.539.639 pesos. Ganancia bruta al 30 de septiembre de 2004, 22.974.651 pesos. Ganancia operativa al 30 de septiembre de 2003, 9.759.666 pesos. Ganancia operativa al 30 de septiembre de 2004, 13.738.332 pesos.

 

Saldos y operaciones con partes controlantes y accionistas. Denominación de la sociedad: Zeig S.A., vinculada al IJM Corporation Berhad, principal accionista del Grupo Concesionario del Oeste.

 

Observen ustedes lo que se ha pagado por servicios de asesoramientos técnicos y financieros. Estoy hablando de la propia accionista, que participa de las ganancias como tal de la empresa, pero que a su vez percibe esto otro por asesoramientos técnicos y financieros. Al 30/9/03 1.050.003 pesos, y al 30/9/04 exactamente igual, 1.050.003 pesos.

 

Autopista Concesionaria Española S.A., empresa controlante del Grupo Concesionario del Oeste. Servicios asesoramientos técnicos y operativos al 30/9/03, 2.625.300 pesos; al 30/9/04, exactamente igual, 2.625.300 pesos. Contratos de asistencia técnica: el 4 de octubre de 2004 se redefinieron las condiciones de contratación por asistencia técnica y se mantiene dolarizada la deuda: a) los honorarios dolarizados por los años 2001, 2002 y 2003 continúan consolidados en su equivalente en dólares a la cotización de cierre de los respectivos años; b) los honorarios adeudados por los períodos enero/marzo y abril/junio de 2004 quedan consolidados en su equivalente en dólares a la cotización de cierre de cada trimestre; c) los honorarios adeudados por los meses de julio a septiembre de 2004 fueron consolidados a su equivalente en dólares a la cotización de cierre de cada mes; d) por los honorarios devengados y no pagados hasta septiembre de 2004 la sociedad reconocerá un interés del 6 por ciento anual expresado en dólares.

 

Honorarios por asistencia técnica y gerenciamiento: totales al 30 de septiembre de 2003, 4.041.289 pesos, y al 30/9/04, 4.179.912 pesos. Gastos de conservación y mantenimiento y Varios: al 30/9/03, 2.570.882 pesos y al 30/9/04, 3.191.286 pesos. Honorarios por prestaciones diversas: al 30/9/03, 582.023 pesos y al 30/9/04, 864.674 pesos. Viáticos y movilidad: totales al 30/9/03, 332.645 pesos, esto en nueve meses, y al 30/9/04, 330.739 pesos. Gastos en publicidad y marketing, al 30 de septiembre de 2003, 39.442 y al 30 de septiembre de 2004, 39.437.

 

            En la reseña informativa al 30 de septiembre de 2004 el GCO señala que ‑escuchen esto que es importante‑: “El incremento del tránsito registrado durante el período, que asciende a 7.077.757 vehículos, representa un 14,8 por ciento respecto a igual período del año anterior y ha permitido una mejora en el nivel de ingresos de la sociedad comercial”, y agrega que “la relativa estabilidad alcanzada en el nivel general de precios y el estricto control de costos ha permitido mantener estos costos en valores razonables, de acuerdo con los mayores niveles de tránsito registrados. No obstante, se han producido incrementos en los costos correspondientes a sueldos y cargas sociales debido a ajustes efectuados por la sociedad. Sin embargo, el aumento del rubro Sueldos y Cargas no es tan significativo, pues al 30 de septiembre de 2004 se gastó 8.908.664 pesos y al 30 de septiembre de 2003 se gastó 7.345.461.” Quiere decir que en el ejercicio 2004 se gastó de más en este rubro 1.663.203 pesos.

 

            Veamos la otra empresa, AUSOL S.A. El balance de la empresa sostiene que ha tenido pérdidas, que sus resultados han sido negativos y que no puede continuar con la explotación si no se reestructura la tarifa. Sin embargo, ello no es así, y algunos datos lo demuestran.

 

            Ganancia neta al 30 de septiembre de 2003, 22.338.344 pesos; ganancia neta al 30 de septiembre de 2004, 158.834.729 pesos. ¡De 22 millones sube a 158 millones! La ganancia por acción, al 30 de septiembre de 2004 es de 1,11 mientras que al 30 de septiembre de 2003 fue de 0,18. Ganancia por acción, reitero. Invirtiendo la exposición, mientras que al 30 de septiembre de 2003 fue de 0,18, al 30 de septiembre de 2004 fue del 1,11 por ciento.

 

            Los índices de rentabilidad fueron: al 30 de septiembre de 2000, 12,53; al 30 de septiembre de 2001, 7,23; al 30 de septiembre de 2002, no hay datos; al 30 de septiembre de 2003, no hay datos; pero al 30 de septiembre de 2004 es de 94,82.

 

            A fojas 99 del Estado Contable de la empresa al 30 de septiembre de 2004 se lee lo siguiente: “En lo que respecta al comportamiento del tránsito, y tal como se puede observar en el punto 6.1 de la presente reseña informativa, el mismo ha mantenido la tendencia positiva registrada durante el ejercicio anterior.” A fojas 100 dice: “En términos de recaudación, el incremento fue de un 12,8 por ciento respecto del mismo período del año anterior”.

 

            El 30/6/02 la empresa constituyó en el exterior una Fundación donde tiene invertidos fondos por 511.868 dólares.

 

            Gastó en honorarios al 30 de septiembre de 2004 las siguientes sumas: honorarios de directores, síndicos y miembros del Comité de Auditoría, 44.350 pesos; Honorarios por asistencia técnica y gerenciamiento ‑servicio que presta una de las empresas asociadas‑, 3.358.455 pesos; Honorarios por ingeniería de proyectos y/o prestaciones diversas, 2.271.853 pesos, lo que hace un total de 5.674.658 pesos.

 

            La empresa suscribió además un contrato de asesoramiento jurídico con el Estudio Fornieles & Del Carril, sobre la base de un costo por horas insumidas en las respectivas tareas, de acuerdo a la categoría de los profesionales intervinientes, por un valor determinado por cada causa judicial de menor envergadura. Los señores Francisco José Fornieles y Alfredo Francisco Cantilo (h), directores titulares de la sociedad, son socios del mencionado Estudio. Registra entre sus cuentas a pagar, tanto en el Pasivo Corriente como en el No Corriente, la suma de 31.438.621 pesos, aclarando que esta suma, que en el balance está registrada en pesos, puede convertirse en dólares, ya que los contratos originales fueron suscriptos en esa moneda. Los acreedores de estos importes son a su vez accionistas de la empresa: Dycasa, Abertis Infraestructura S.A. y Grupo Dragado.

 

            Existe además una previsión por 3.200.000 pesos; en el balance figura en pesos, pero el contrato original es por 3.200.000 dólares, que la empresa debe pagar a los accionistas en virtud de un contrato de intercambio de flujo de fondos.

 

            Reestructuró deuda por 229.947.083 pesos, lo que insumió un costo de 19.429.177 pesos, lo que la posiciona mejor en el mercado, además de que ningún acreedor aceptaría reestructurar una deuda con un deudor insolvente.

 

            Gastó en Publicidad y Marketing al 30 de septiembre de 2004 la suma de 384.752 pesos, mientras que al 30 de septiembre de 2003 había gastado 361.886 pesos.

 

            Señor Presidente: tengo una abundantísima documentación. No quiero abusar del tiempo que se me ha asignado. Pero esta simple y clara elocuencia de los números extraídos de los balances de las empresas nos señala que el aumento pedido es absolutamente injustificado, y que en medio de una sociedad empobrecida no existe ninguna razón para que el Estado en esta renegociación parcial otorgue este aumento tarifario.

 

            Concluyo señalando que constituye ‑no sé si alguien ya se refirió a esto, antes de que yo llegara‑ algo que es realmente inaceptable lo que está en la página 59 de esta renegociación que hoy estamos considerando. Se evalúa el impacto de los aumentos sobre los usuarios de la Autopista del Oeste y se aclara textualmente:

 

            “Dado que en este caso en particular se trata de una autopista que tiene vías gratuitas para efectuar el mismo recorrido, y que gran parte del mismo se puede efectuar por vías de características similar o igual a las vías pagas, una primera conclusión muestra que el perfil de usuarios que abonan peaje tienen ingresos que les permiten afrontar dicho gasto, por lo cual puede inferirse que poseen un nivel de ingresos superior al ingreso medio de la población. Los mencionados estudios que la UNIREN ha analizado relacionan, a partir del vehículo pasante, el nivel de ingresos del usuario y la frecuencia con que utiliza la autopista. Las conclusiones muestran que alrededor del 92 por ciento de los usuarios que pagan peaje, la incidencia que tiene el incremento de la tarifa en su estructura de ingresos es mínima. Esto es, menor al 1 por ciento de sus ingresos. Luego hay un 7 por ciento de los usuarios en donde el impacto varía entre el 1 por ciento y el 5 por ciento de sus ingresos. Hay un grupo del 0,4 por ciento de los usuarios que pagan peaje, cuya incidencia en los ingresos es alta, esto es superior al 5 por ciento. Se entiende, y el estudio presentado lo infiere, que estos casos son usuarios que, si bien pagan el peaje, están realizando una actividad laboral que se los reintegra (caso de taxis, remises, viajantes, fletes cortos, etcétera)”. Esto es lo que dice el informe.

 

            Yo me pregunto si de esto se puede inferir que la forma de calcular los aumentos de los peajes es en función del poder adquisitivo de sus usuarios y no en relación a una supuesta actualización fundada en una ecuación económico-financiera. En otras palabras, los que pueden pagar que paguen. Incluso para aquellos casos de trabajadores que viven de su magro sueldo, de taxistas, remiseros o fleteros, pretenden justificar el aumento aduciendo que su trabajo se los reintegrará. Sin lugar a dudas que esta posición es absolutamente absurda.

 

            No hay que considerar el nivel de ingresos, la capacidad de pago del usuario, sino si ese aumento se justifica o no. De lo contrario se le estaría concediendo una ganancia sin causa a la concesionaria. Además, señores miembros de la UNIREN, les recuerdo que la ley 25.561 establece con carácter de orden público que la renegociación de los contratos de servicios públicos debe considerar el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos, la calidad de los servicios y los planes de inversión ‑cuando ellos estuvieran previstos contractualmente‑, el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios, la seguridad de los sistemas comprendidos y la rentabilidad de las empresas. Si no se justifica por el margen de rentabilidad de las empresas, aunque los usuarios sean todos ricos, no se justifica otorgar el aumento porque entonces se está sacando dinero de un bolsillo para darlo injustificadamente a otros concesionarios, a otros accionistas, incluso extranjeros, que no tiene nada que ver en esta situación. La ecuación económico-financiera es lo que hay que analizar.

 

            Agradezco a la Audiencia la atención dispensada pero consideré que era útil que más que hablar en mi carácter de diputado, de representante de Consumidores Libres, hablara la empresa a través de sus números, de sus balances presentados en la Bolsa de Comercio, lo que es público y cualquiera puede consultar. Me he tomado el trabajo de analizar dicha información y manifestarlo someramente en esta Audiencia. (Aplausos.)

 

Sr. PRESIDENTE (Simeonoff).- Muchas gracias por su exposición, señor diputado Polino.